Sentencia N° 993 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de junio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0993, Exp. 09-186, 18/06/2009
Expediente09-186
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-06-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Leonardo Enrique Aldana Castellanos, quien no ostenta la cualidad de parte en el juicio. La decisión se basa en que el recurrente no tiene interés procesal en el caso, ya que no se ha demostrado que la sentencia recurrida le afecte de manera directa o indirecta.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o resulten contrarias a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. Debe señalarse que adicionalmente a los requisitos antes establecidos, ha sido criterio reiterado de esta Sala, que para la interposición de los recursos es necesaria la existencia de la legitimidad procesal. En este sentido, se ha establecido que la legitimidad tiene tres (3) aspectos fundamentales, tales como: que el recurrente sea parte en el juicio; que tenga capacidad procesal para interponer el recurso; y que el fallo recurrido lo haya perjudicado al resultar vencido parcial o totalmente.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Leonardo Enrique Aldana Castellanos, contra la sentencia proferida el 26 de enero de 2009 por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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