Sentencia N° 991 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de septiembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0991, Exp. 10-994, 21/09/2010
Expediente10-994
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-09-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 21 de septiembre de 2010, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante Gustavo Federico Larrazabal Sarco contra la sentencia del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo. La decisión se fundamenta en que la sentencia recurrida no incurre en las violaciones alegadas por el recurrente, quien argumentó que la Alzada no valoró adecuadamente las pruebas presentadas y que existieron quebrantamientos de normas laborales.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 7 de junio de 2010, emanada del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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