Sentencia N° 980 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de noviembre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0980, Exp. 17-062, 03/11/2017
Expediente17-062
PonenteDanilo A. Mojica Monsalvo
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-11-03
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Jean Marco Guillén Castillo contra una sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Estado Bolívar. La decisión se basa en que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que se trataba de un fallo que no era impugnable en casación y que violaba normas de orden público.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. El Tribunal Superior del Trabajo deberá remitir el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de manera inmediata; la cual, una vez recibido el expediente, decidirá sumariamente con relación a dicha solicitud. En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el Capítulo anterior. La declaración de inadmisibilidad del recurso se hará constar en forma escrita por auto del Tribunal, sin necesidad de motivar su decisión.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial del tercero interviniente ciudadano Jean Marco Guillén Castillo, contra la sentencia proferida en fecha 10 de noviembre del año 2016, por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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