Sentencia N° 979 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de octubre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0979, Exp. 15-840, 30/10/2015
Expediente15-840
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-10-30
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Lara. La decisión de la Sala fue declarar inadmisible el recurso, argumentando que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral. La Sala destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional de impugnación que debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de tiempo y de forma antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Denuncia la parte recurrente, que la recurrida incurrió en la violación de los principios de orden públicos relativos al desistimiento de la acción establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo con base en que el día de la audiencia de juicio la parte demandante no asistió a la misma por lo que el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante sentencia de fecha 8 de mayo del año 2015, declara el desistimiento del proceso solamente, estableciendo en su decisión que la parte actora podía intentar nuevamente la acción.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 15 de junio del año 2015, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
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