Sentencia N° 975 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0975, Exp. 18-449, 12/12/2018
Expediente18-449
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-12-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por Neyla Crisnir Paoletti Urquiola contra la sentencia del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar. La decisión de la Alzada había confirmado la sentencia de primera instancia que declaró sin lugar la demanda de unión concubinaria, argumentando que la demandante incurrió en contradicciones respecto a las fechas de la relación concubinaria y no presentó pruebas suficientes para demostrar su existencia.

Extracto de la motiva

La Sala ha sostenido que el vicio de incongruencia negativa se produce cuando el juzgador incumple su deber de dictar una decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones y defensas opuestas. En el caso bajo estudio, la parte actora tenía la carga de probar los hechos relativos a la unión concubinaria y no lo hizo, razón por la cual este Tribunal deberá declarar la improcedencia de la pretensión contenida en la demanda principal y así debe ser declarada en el dispositivo del fallo.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la ciudadana NEYLA CRISNIR PAOLETTI URQUIOLA contra la sentencia emanada del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, el 11 de julio de 2018; y SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

unión concubinariacasaciónincongruencia negativapruebasderechos

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