Sentencia N° 97 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de febrero de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 097, Exp. 12-1198, 26/02/2016
Expediente12-1198
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-02-26
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil URDANETAGAZPROM-1, S.A. contra la Providencia Administrativa N° 196/2011 del Instituto Socialista de la Pesca y Agricultura. En virtud de una diligencia presentada por el abogado de la actora, se solicitó el desistimiento del recurso. La Sala, tras verificar la facultad expresa otorgada por la representada, decidió homologar el desistimiento al no ser contrario al orden público ni estar expresamente prohibido por la ley.
Extracto de la motiva
Conforme a la disposición contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, homologa el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la sociedad mercantil URDANETAGAZPROM-1, S.A. contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 196/2011 DE FECHA 1° DE SEPTIEMBRE DE 2011, EMANADA DEL INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y AGRICULTURA (INSOPESCA), al no ser contrario al orden público ni encontrarse expresamente prohibido por la ley. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la sociedad mercantil URDANETAGAZPROM-1, S.A. contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 196/2011 DE FECHA 1° DE SEPTIEMBRE DE 2011, EMANADA DEL INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y AGRICULTURA (INSOPESCA). Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
desistimientorecurso contenciosonulidadadministrativoINSOPESCACódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia