Sentencia N° 97 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de febrero de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0097, Exp. 09-647, 23/02/2010
Expediente09-647
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-02-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, confirma el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por el demandante. La Sala determina que la decisión impugnada no incurre en los vicios alegados por la parte demandada, y que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que solo procede ante graves violaciones al orden público laboral, lo cual no se constató en este caso. Por lo tanto, se declara sin lugar el recurso interpuesto por la parte demandada.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional de impugnación, contra aquellas sentencias que no son recurribles en casación, y sólo procederá cuando se patentice una grave violación al orden público laboral, lo cual, -como ya se indicó- no fue constatado por esta Sala. En efecto, considera la Sala que corresponde a la soberana apreciación de los jueces de instancia, el determinar, conforme a lo alegado y probado por las partes, la procedencia o no de la impugnación que, sobre las cantidades consignadas a los efectos de la persistencia en el despido, realice la parte actora. De esta forma, al no existir violación alguna del orden público laboral, que en definitiva transgreda el Estado de Derecho, la Sala debe declarar sin lugar el presente recurso de control de la legalidad, confirmando, en consecuencia, el fallo recurrido. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 29 de abril de 2009, y en consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido.
Palabras clave
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