Sentencia N° 965 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de octubre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0965, Exp. 11-997, 30/10/2015
Expediente11-997
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-10-30
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción celebrada entre la ciudadana Lucía Isabel Pérez y el Municipio Barinas, en la cual se acordó otorgar el beneficio de jubilación y una indemnización. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos legales y constitucionales para la validez de la transacción laboral. Se concluye que el litigio se da por terminado y se pasa a la autoridad de cosa juzgada.
Extracto de la motiva
En efecto, finalizada la fase conciliatoria promovida, las partes suscribieron un acuerdo transaccional con el fin de concluir el presente juicio, expuesto por escrito y consignado ante la Secretaria de esta Sala en fecha 18 de mayo de 2015, mediante el cual la parte demandada el Municipio Barinas del estado Barinas, a través de su apoderada judicial abogada Darcy Bastidas Araujo, debidamente constituida y expresamente facultada para transigir en el instrumento poder que cursa a los folios 496 al 507 del expediente y previa autorización del Alcalde del referido ente Municipal, ciudadano José Luis Machín Machín, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil –aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo–, ofreció mediante “Acta” de fecha 27 de abril de 2015, conjuntamente con el Síndico Municipal de dicha Alcaldía, otorgar el beneficio de jubilación a la demandante LUCÍA ISABEL PÉREZ, desde el primero de mayo de 2015, así como el pago de Bolívares sesenta y cinco mil con cero céntimos (Bs. 65.000,00) como indemnización única, equivalente a las pensiones insolutas desde su desincorporación de la Alcaldía, reclamadas.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana LUCÍA ISABEL PÉREZ y el MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada.