Sentencia N° 960 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0960, Exp. 14-505, 23/07/2014
Expediente14-505
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-07-23
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano José Gregorio Saavedra Brito y otros contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La Sala determinó que el recurso de apelación era improponible, dado que las sentencias de los Juzgados de última instancia pueden ser impugnadas solo a través del recurso de casación, conforme a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Sala también destacó que el recurso de control de la legalidad no era procedente en este caso, ya que la decisión recurrida era interlocutoria y no ponía fin al juicio. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso, siguiendo el criterio establecido en sentencias anteriores.
Finalmente, el Tribunal declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, sin condenatoria en costas, y ordenó la remisión del expediente al Juzgado de origen.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el fallo recurrido es una sentencia interlocutoria que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución, cuya decisión no consta en autos. En este sentido, al tratarse la decisión recurrida de una sentencia que no pone fin al juicio, debe declararse inadmisible el presente recurso, conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia Nº 87 de fecha 20 de febrero de 2003, señalada. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia publicada el 6 de marzo de 2014, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de la Circunscripción Judicial del Trabajo del estado Monagas. Particípese esta remisión al Juzgado de origen ya mencionado.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de apelaciónsentencia interlocutoriacontrol de legalidadLey Orgánica Procesal del Trabajo