Sentencia N° 960 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0960, Exp. 12-842, 08/08/2012
Expediente12-842
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-08-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra una decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del estado Zulia. La sentencia de alzada había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte demandada y sin lugar la demanda, revocando el fallo apelado que la había declarado parcialmente con lugar. La parte recurrente alegó que se habían vulnerado principios laborales en la interpretación de una cláusula de la Convención Colectiva.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Delata la parte recurrente, que el sentenciador de alzada desconoció el principio de intangibilidad, progresividad e irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, así como el principio In Dubio Pro Operario, y desmejoró “la condición económica de los hipo suficientes”, al establecer que el acuerdo al cual llegó el sindicato de trabajadores con la empresa, al interpretar la cláusula 6 de la Convención Colectiva, se encuentra respaldado por la mayoría absoluta de los trabajadores interesados, y por otra parte, que no existe en actas, prueba alguna que permita verificar la existencia de vicios en el consentimiento prestado por la organización sindical al momento de suscribir dicha acta, teniéndola como válida, como modo de solución del conflicto surgido, en la aplicación de la referida Cláusula 6.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 08 de mayo del año 2012, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo.

Palabras clave

control de la legalidadsentenciaderechos laboralesimpugnaciónjurisdicción

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