Sentencia N° 960 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de agosto de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0960, Exp. 10-108, 05/08/2010
Expediente10-108
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaFamilia
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-08-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por Abdiel Omar Seijas Lugo contra la decisión del Juzgado Superior que autorizó a su hija a viajar y residenciarse en el exterior. La Sala argumenta que la decisión no es recurrible en sede casacional, ya que no se encuentra comprendida dentro de las sentencias que permiten dicho recurso según la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

Extracto de la motiva

En el caso bajo examen, la ciudadana Alba Marina Ramírez Restrepo solicitó se autorizara judicialmente a su menor hija, para viajar y residenciarse en el exterior, con ella y su actual cónyuge. El Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, mediante decisión del 25 de noviembre de 2009, dio las autorizaciones peticionadas, lo cual fue impugnado por el padre de la niña, ciudadano Abdiel Omar Seijas Lugo, a través del recurso de casación. Visto que venció el lapso de formalización y el recurrente no satisfizo su carga procesal de fundamentar el recurso de casación ejercido, la Defensora Pública con competencia para actuar ante la Sala Constitucional, Político Administrativa, Electoral, Plena, Salas de Casación Social y Civil, y Cortes de lo Contencioso Administrativo, solicitó en reiteradas ocasiones se declare el perecimiento de dicho recurso. No obstante, antes de emitir un pronunciamiento acerca de las consecuencias de la falta de formalización del recurso de casación anunciado, esta Sala considera conveniente examinar la admisibilidad del recurso en cuestión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el accionado, ciudadano Abdiel Omar Seijas Lugo, contra la decisión de fecha 25 de noviembre de 2009, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. En consecuencia, se REVOCA el auto emitido el 11 de enero de 2010 por ese mismo Tribunal, mediante el cual admitió el referido recurso.

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