Sentencia N° 96 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de febrero de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0096, Exp. 08-1891, 06/02/2009
Expediente08-1891
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-02-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de febrero de 2009, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Lara. La decisión se fundamenta en que la impugnante alegó violaciones a la jurisprudencia y al debido proceso, pero la Sala concluyó que la decisión impugnada se ajustaba a derecho y no se evidenció violación de normas de orden público.

Extracto de la motiva

En el presente caso la impugnante delata que la recurrida ha incurrido en violación a la jurisprudencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en cuanto al límite máximo de condenatoria en el pago de horas extraordinarias y días feriados, transgrediendo los artículos 2, 5, 58 y 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Indica que “la recurrida contempla una flagrante violación a la garantía del debido proceso, al derecho a la defensa y una falta de aplicación del artículo 177 de la LOPT (sic), una vez que la recurrida, inobservó e irrespetó su propio criterio y mas (sic) grave aun el de este máximo Tribunal de la República, en cuanto a la condenatoria del pago de horas extraordinarias y pago de días feriados, en referencia a la reclamación de estos conceptos por la parte demandante”. Señala que “(…) la recurrida sólo alude en su sentencia, a la falta de exhibición de una documental, afirmación esta que es falsa y siendo la única vía que utilizó el Juez Superior para favorecer al demandante y establecer en su sentencia la condenatoria de 1704 horas extraordinarias en un lapso de tiempo (sic) de un 1 ano (sic) y dos 2 meses. De esta manera colisiona frontalmente contra la jurisprudencia de este Alto Tribunal y violeta las normas de orden público” (…). Ahora bien, del análisis del hilo argumental expuesto por la recurrente, así como de la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, se colige que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas regidas por el orden público, ni de la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso, debe necesariamente declararse su inadmisibilidad. Así se resuelve.

Dispositiva

En mérito a las precedentes conclusiones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 13 de octubre de 2008. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de legalidadrecursostrabajojurisprudenciaorden público

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