Sentencia N° 958 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de octubre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0958, Exp. 11-583, 30/10/2013
Expediente11-583
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-10-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, COLOGRES, C.A., contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Miranda, que había confirmado el fallo de primera instancia a favor del demandante, JOSÉ GREGORIO GUERRA. La Sala argumenta que la decisión recurrida contenía las motivaciones de hecho y de derecho necesarias, y que la parte demandada no logró demostrar la ilegalidad de la acción o la contrariedad de la pretensión con el ordenamiento jurídico.
Extracto de la motiva
La falta de aplicación o inaplicación de una norma, se entiende como el error que tiene lugar cuando el juzgador se niega a aplicar la norma a una relación jurídica que está bajo su alcance. Pues bien, la parte recurrente delata la falta de aplicación del artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto el sentenciador de la recurrida no cumplió con la obligación de analizar si los pedimentos del actor eran contrarios a derecho o no. De la lectura que se hace a las actas que conforman el expediente, se verifica que el juzgador de alzada determinó que los conceptos condenados por el a quo, se tratan de los mismos solicitados por el actor en su libelo de demanda mantenidos como ciertos, producto de la aplicación de la admisión de los hechos, los cuales son procedentes en derecho. Así, esta Sala, al extremar sus funciones de revisión, en la delación anterior, concluyó que los conceptos condenados guardan relación con cada uno de los supuestos de hecho abstractos previstos en la legislación laboral, por lo que no existen razones para endosarle a la recurrida el vicio que se le imputa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques, en fecha 6 de abril de 2011, y SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.