Sentencia N° 957 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de octubre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0957, Exp. 12-057, 29/10/2015
Expediente12-057
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-10-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción celebrada entre el ciudadano Vladimir Varón Vargas y la sociedad mercantil Weatherford Latin America, S.A., en el marco de un juicio por cobro de acreencias laborales. La decisión se fundamenta en el acuerdo transaccional suscrito por ambas partes, donde se establece que la demandada se obliga a pagar al demandante la cantidad de un millón ochocientos mil bolívares, lo que se considera un finiquito total y definitivo de las pretensiones deducidas en la causa. La Sala destaca que el acuerdo cumple con los requisitos legales y constitucionales para su homologación, y enfatiza la importancia de la conciliación como medio para resolver conflictos laborales.
Extracto de la motiva
En efecto, finalizada la fase conciliatoria promovida, las partes suscribieron un acuerdo transaccional con el fin de concluir el presente juicio, expuesto por escrito consignado ante la Secretaria de esta Sala, en fecha 24 de marzo de 2015, mediante el cual la parte demandada sociedad mercantil WEATHERFORD LATIN AMERICA, S.A., a través de su apoderado judicial abogado Juan Carlos Pró-Rísquez, debidamente constituido y facultado expresamente en el instrumento poder que cursa a los folios 242 al 245 de la cuarta pieza del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil –aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo–, se obliga a pagar al demandante ciudadano VLADIMIR VARÓN VARGAS, representado en el acuerdo por el abogado Eddy David de Sousa Pereira, acreditado conforme a instrumento poder que cursa en autos (vid. f. 252 de la cuarta pieza), la cantidad de un millón ochocientos mil bolívares exactos (Bs. 1.800.000,00), mediante cheque de gerencia, el cual será entregado dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la firma del acuerdo transaccional celebrado. Constituyendo dicho convenio un finiquito total y definitivo de las pretensiones deducidas en la presente causa por cobro de acreencias laborales.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano VLADIMIR VARÓN VARGAS y la sociedad mercantil WEATHERFORD LATIN AMERICA, S.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y remítase este expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, a los fines de ordenar el archivo del mismo. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen.