Sentencia N° 954 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de octubre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0954, Exp. 12-1509, 24/10/2013
Expediente12-1509
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-10-24
DecisiónDesistido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil TONY GAS, C.A. contra una providencia administrativa del INPSASEL. La apelación fue considerada desistida debido a la falta de fundamentación, ya que la parte recurrente no presentó el escrito correspondiente dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

Este artículo le impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso de autos el expediente se dio por recibido en esta Sala, en fecha 20 de noviembre del año 2012, sin que la parte recurrente fundamentara su recurso de apelación, siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para su fundamentación, más ocho (8) días correspondientes al término de la distancia en razón de que la parte recurrente tiene su domicilio en el estado Zulia, comenzó a correr al día siguiente que se dio cuenta del expediente en esta Sala, es decir, desde el día 21 de noviembre del año 2012 y venció el día 12 de diciembre del mismo año, lo cual consta en cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 20 de diciembre del año 2012, razón por la cual en aplicación del artículo antes indicado debe declararse desistido el recurso de apelación interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte accionante contra la sentencia dictada en fecha 1° de octubre del año 2012, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.

Palabras clave

recurso de apelacióndesistimientojurisdicción contencioso administrativatrabajoINPSASELZulia

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