Sentencia N° 95 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de febrero de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0095, Exp. 05-1935, 01/02/2006
Expediente05-1935
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2006-02-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Temístocles Aranda López contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Barinas. La decisión se fundamenta en que el recurrente solicitó el control de la legalidad fuera del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo que llevó a la Sala a declarar inadmisible el recurso. No se impusieron costas debido a la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que la parte recurrente podrá solicitar el control de la legalidad del asunto ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo, mediante escrito que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. En el caso de autos el recurrente solicitó el control de la legalidad el 13 de octubre de 2005, siendo que el lapso de cinco (5) días hábiles para solicitar el recurso de control de la legalidad venció el 10 de octubre de 2005, lo cual consta en cómputo realizado por el Tribunal Superior en fecha 1° de noviembre de 2005, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia publicada el 3 de octubre de 2005, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
control de legalidadsentenciatrabajoinadmisibilidadrecursosprestaciones socialesjurisdicción laboral