Sentencia N° 946 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0946, Exp. 14-565, 23/07/2014
Expediente14-565
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2014-07-23
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada, SERENOS MONAGAS, C.A. (SEMOCA), contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Monagas. La sentencia de la alzada había declarado desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y confirmado el fallo que declaró con lugar la demanda de prestaciones sociales.
Extracto de la motiva
En el caso que nos ocupa, se evidencia el cumplimiento de los requisitos de tiempo y forma antes transcritos, por lo cual, se procederá subsiguientemente a efectuar un análisis exhaustivo del escrito contentivo del recurso de control de la legalidad, a objeto de, tal y como se aseveró supra, determinar si es admisible o no el mismo. A tales efectos, resulta pertinente, reproducir los alegatos en los que fundamenta la parte recurrente su disconformidad con la sentencia de la Alzada. Así, pues, se observa que la parte disconforme en el escrito de fundamentación del recurso arguyó lo siguiente: Que en fecha 25 de febrero del año 2014, la accionada SERENOS MONAGAS, C.A., apeló de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Monagas; que en fecha 12 de marzo del mismo año, el Tribunal de Alzada fijó la audiencia de apelación para el día 27 de marzo del referido año; que el día 20 de marzo del año 2014, la parte actora se adhiere a la apelación interpuesta por la accionada, siendo acogido por el ad quem el procedimiento previsto en los artículos 299 y 304 del Código de Procedimiento Civil. Que llegados el día y hora fijados para la celebración de la audiencia de apelación, ante la incomparecencia de la apelante principal, se declaró el desistimiento de la apelación interpuesta y seguidamente el Tribunal de alzada, confirmó la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia, siendo que con ello se violentó el orden público y el debido proceso, ya que al haberse declarado el desistimiento o el perecimiento del recurso ejercido, se ha debido remitir el expediente al a quo para que la causa continuara su curso.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil SERENOS MONAGAS, CA. (SEMOCA), contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en fecha 27 de marzo del año 2014. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, a los fines legales consiguientes. Comuníquese la presente decisión al Tribunal de origen, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciaorden públicorecursoimpugnación