Sentencia N° 946 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de junio de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0946, Exp. 06-326, 02/06/2006
Expediente06-326
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-06-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la homologación de un acuerdo transaccional presentado por la parte demandada, en el cual se establece que el trabajador desiste de la acción incoada. La Sala ordena al Juzgado de Primera Instancia que se pronuncie sobre la homologación solicitada, destacando que no hay condenatoria en costas debido a lo acordado en la transacción. Se resalta la importancia de la manifestación de las partes y la facultad de la representación judicial en este proceso.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en La Asunción, que resulte competente, el correspondiente pronunciamiento sobre la homologación solicitada. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas en razón de lo acordado en la transacción.

Dispositiva

ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en La Asunción, que resulte competente, el correspondiente pronunciamiento sobre la homologación solicitada. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas en razón de lo acordado en la transacción.

Palabras clave

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