Sentencia N° 944 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0944, Exp. 11-841, 03/08/2011
Expediente11-841
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-08-03
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La Sala establece que el recurso no cumple con los requisitos necesarios para su admisibilidad, ya que no se evidencian violaciones de normas de orden público que alteren el Estado de Derecho.

Extracto de la motiva

En el caso sub examine señala el recurrente, que la sentencia recurrida incurrió en infracción de normas de orden público, concretamente el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 272 y 273 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al decidir unos hechos que ya fueron decididos en la sentencia proferida por el Juez Unipersonal N° 11 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 21 de julio de 2009; aduce que modificó la sentencia de 21 de julio de 2009 al revisar el acuerdo suscrito por las partes, homologado en su oportunidad, aplicando indebidamente el artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que permite que el juez superior haga pronunciamiento expreso para anular el fallo apelado con base en las infracciones de orden público y constitucionales que él encontrare; señala que la recurrida incurrió en incongruencia pronunciándose sobre algo no pedido y en consecuencia es nula de conformidad con el artículo 244 del Código de Procedimiento Civil, cuando en el dispositivo ordenó dar continuidad a la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia, en el entendido que la sentencia que se va a ejecutar versa sobre el régimen de convivencia familiar; y, que la recurrida incurre en contradicción en la argumentación, violando los artículos 243 ordinal 5° y 244 del Código de Procedimiento Civil, al establecer que el acuerdo de los padres sobre los viajes de la niña al exterior para compartir con su papá con la autorización de la madre dimana de la autonomía de la voluntad de las partes; y, que el mismo versa sobre derechos de la niña, que cuando haya desacuerdo de los padres, los Jueces de Protección deben garantizar.

Dispositiva

Por las razones mencionadas, y con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Palabras clave

recursossentenciasprotecciónniñosderechoconvivenciajusticiaorden público

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