Sentencia N° 944 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de agosto de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0944, Exp. 10-028, 05/08/2010
Expediente10-028
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-08-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Industrias Unicón, C.A., contra un fallo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de indemnización por accidente de trabajo presentada por el ciudadano Luis Manuel Graterol Infante. La Sala confirmó el fallo de alzada, argumentando que el juez de alzada había actuado conforme a derecho al considerar la responsabilidad del patrono en el accidente y la procedencia de la indemnización por lucro cesante.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el ad quem en su motiva estableció que en virtud de que el accidente de trabajo ocurrió en fecha 3 de noviembre de 2003, y en aplicación del principio de irretroactividad de las leyes, el marco legal a aplicar en la presente causa para el pago de las indemnizaciones reclamadas por responsabilidad subjetiva es la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), publicada en Gaceta Oficial extraordinaria Nº 3.850 de fecha 18 de julio de 1986. Asimismo, estableció el Juez de Alzada que dado que la certificación de la 'incapacidad total y permanente para el trabajo habitual' fue expedida bajo la vigencia de la nueva Ley de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), publicada en Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.236 de fecha 26 de julio de 2005, dicha contingencia se equipara a la 'incapacidad total y permanente' prevista en el artículo 33 parágrafo segundo, numeral 1, de la Ley de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), publicada en Gaceta Oficial extraordinaria Nº 3.850 de fecha 18 de julio de 1986, en consecuencia, declaró procedente el pago de la indemnización equivalente al salario de cinco (5) años contados por días continuos, cuyo quantum ascendió a treinta y seis mil ochocientos ochenta y dos bolívares (Bs.F 36.882,00).

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la parte demandada Industrias Unicón, C.A., contra el fallo proferido por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, en fecha 30 de noviembre de 2009; 2) CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

indemnizaciónaccidente de trabajolucro cesanteresponsabilidad patronal

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