Sentencia N° 942 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de octubre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0942, Exp. 15-321, 10/10/2016
Expediente15-321
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-10-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de octubre de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra el fallo del Juzgado Superior Sexto del Trabajo. La decisión se basa en la falta de técnica casacional en la formalización del recurso, ya que la parte recurrente no cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la presentación de su denuncia. La Sala destacó que el recurrente no logró demostrar que efectivamente se realizó el pago de las prestaciones sociales, lo que llevó a confirmar la sentencia de la instancia inferior.

Extracto de la motiva

La Sala ha considerado pertinente hacer la cita anterior, a fin de resaltar la naturaleza jurídica y razón de ser de este recurso especialísimo, el cual responde a un medio de impugnación extraordinario que exige para su ejercicio que la decisión recurrida adolezca de vicios de forma o de fondo que deben ser denunciados individualmente y conforme a los lineamientos establecidos en el artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, contentivo de los requisitos esenciales para considerar formalizado el recurso de casación. Del análisis exhaustivo de los argumentos expresados por la recurrente, esta Sala advierte que en virtud de lo confusa, vaga, indeterminada e imprecisa de la delación que nos ocupa, es menester destacar la obligación que tiene el formalizante de cumplir con la esencial técnica de casación, por ser un requisito fundamental para descender al conocimiento de la presente denuncia, por lo tanto se requiere que la formalización del recurso de casación en materia laboral cumpla con los siguientes extremos: 1) la indicación de los supuestos de casación contenidos en el artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 2) la cita o el señalamiento de los artículos que se consideren infringidos; y 3) las razones o fundamentos en que se apoya la denuncia, para así evidenciar en forma precisa dónde se localiza el vicio que se delata o los motivos de casación; por consiguiente, es una carga para el formalizante que en el escrito de formalización, considerado este como un cuerpo sistemático de argumentaciones lógicas-jurídicas, se precise con claridad la especificidad de sus denuncias, de tal forma que cada planteamiento formulado sea comprensible, expresando la forma en que se consideran infringidas las normas presuntamente violadas y cual de las causales de procedencia del recurso de casación es la que se delata.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 3 de febrero de 2015. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. De conformidad con el artículo 61 en concordancia con el 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas del recurso a la demandada.

Palabras clave

inmotivacióncontradicciónprestaciones socialescarga de la pruebarenunciaderecho laboral

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