Sentencia N° 940 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de octubre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0940, Exp. 17-498, 27/10/2017
Expediente17-498
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-10-27
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, dictó sentencia el 27 de octubre de 2017, declarando perecido el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Luis Alfredo Velásquez Caraballo. La decisión se fundamenta en que la parte demandante presentó el escrito de formalización del recurso de manera extemporánea, incumpliendo los plazos establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La Sala consideró que, aunque el recurso fue anunciado oportunamente, la formalización no cumplió con los requisitos legales, lo que llevó a la declaración de su perecimiento.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de distancia que corresponda, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos, la parte demandante anunció su recurso de casación oportunamente, sin embargo, presentó el escrito de formalización del mismo de manera extemporánea, siendo que el lapso de veinte (20) días para dicha actuación, comenzó a transcurrir en fecha 27 de abril del año 2017, día siguiente al último de los cinco días de despacho que se dan para el anuncio del recurso, y venció el 16 de mayo de 2017, lo cual consta en cómputo realizado por secretaría en fecha 11 de agosto de 2017, y el referido escrito fue presentado en fecha 7 de junio de 2017, evidenciándose de forma clara que fue consignado de manera extemporánea.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandante ciudadano LUIS ALFREDO VELASQUEZ CARABALLO, contra la sentencia dictada en fecha 18 de abril de 2017 por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas en virtud de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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