Sentencia N° 938 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de junio de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0938, Exp. 07-619, 26/06/2008
Expediente07-619
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-06-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social se pronuncia sobre un caso de avocamiento relacionado con reclamaciones laborales contra Coca Cola FEMSA de Venezuela, C.A. La causa fue remitida a la Sala debido a la falta de conciliación en la mesa de mediación. La Sala considera que, agotada la conciliación, es necesario remitir el expediente al Juzgado correspondiente para continuar con los trámites procesales. Se busca preservar el principio de la doble instancia y garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso.

Extracto de la motiva

En vista que la presente causa fue remitida a esta Sala de Casación Social, con motivo de la mesa de mediación y conciliación promovida en virtud del avocamiento realizado por la Sala, mediante decisión Nº 0295, de fecha 14 de marzo de 2007, sobre todos los expedientes con reclamaciones laborales contra la sociedad mercantil Coca Cola FEMSA de Venezuela, C.A., con la finalidad de darle solución al conflicto laboral existente entre los extrabajadores de la mencionada sociedad mercantil; y por cuanto hasta la presente fecha no se logró la conciliación en el presente caso, y a los fines de preservar el principio de la doble instancia, así como garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, considera la Sala que, agotada como ha sido la conciliación y en aplicación de los principios legales y constitucionales antes mencionados, esta Sala de Casación Social Accidental acuerda la remisión del presente expediente al Juzgado respectivo, a los fines de la continuación de los trámites procesales correspondientes en las instancias respectivas, así se decide.

Dispositiva

Cúmplase con lo ordenado.-

Palabras clave

avocamientoconciliaciónconflicto laboralderecho a la defensadoble instanciaCoca Cola FEMSAtrámites procesales
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