Sentencia N° 937 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de junio de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0937, Exp. 07-457, 26/06/2008
Expediente07-457
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-06-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social, en vista de que no se logró la conciliación en el conflicto laboral entre extrabajadores de Coca Cola FEMSA de Venezuela, acuerda remitir el expediente al Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Esta decisión se toma para garantizar el principio de la doble instancia y el derecho a la defensa y debido proceso.

Extracto de la motiva

En vista que la presente causa fue remitida a esta Sala de Casación Social, con motivo de la mesa de mediación y conciliación promovida en virtud del avocamiento realizado por la Sala, mediante decisión Nº 0295, de fecha 14 de marzo de 2007, sobre todos los expedientes con reclamaciones laborales contra la sociedad mercantil Coca Cola FEMSA de Venezuela, C.A., con la finalidad de darle solución al conflicto laboral existente entre los extrabajadores de la mencionada sociedad mercantil; y por cuanto hasta la presente fecha no se logró la conciliación en el presente caso, y a los fines de preservar el principio de la doble instancia, así como garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, considera la Sala que, agotada como ha sido la conciliación y en aplicación de los principios legales y constitucionales antes mencionados, esta Sala de Casación Social Accidental acuerda la remisión del presente expediente al Juzgado respectivo, a los fines de la continuación de los trámites procesales correspondientes en las instancias respectivas, así se decide.

Dispositiva

Líbrese oficio y remítase el expediente al Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Cúmplase con lo ordenado.

Palabras clave

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