Sentencia N° 935 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de octubre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0935, Exp. 13-1417, 10/10/2016
Expediente13-1417
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-10-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de octubre de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Barinas, que había declarado parcialmente con lugar los recursos de apelación. La Sala observó que la parte recurrente no cumplió con la carga de argumentar adecuadamente las causales de procedencia del recurso, lo que llevó a la desestimación del mismo. Se confirma la decisión recurrida y se condena en costas a la parte demandada.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la parte recurrente invoca el numeral 2 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pero omite delatar la disposición expresa de la ley que considera infringida, y el señalamiento de la causal de procedencia del recurso de casación que acusa, a saber si se trata de falta de aplicación, falsa aplicación o error de interpretación de una norma jurídica; simplemente se limita a alegar que la recurrida incurre en un error al establecer la base de cálculo del salario normal, lo cual produjo como consecuencia la condena de unos montos errados. Resulta oportuno recalcar que más allá de la exigencia del cumplimiento de una técnica casacional, constituye una carga para el recurrente precisar con claridad la especificidad de sus denuncias, por lo que debe construir su escrito de formalización, como un cuerpo sistemático de argumentaciones jurídicas, que esté formado en cuanto a su construcción lógico-jurídica, por un esquema lo suficientemente coherente para delimitar los motivos o causales de casación.
Dispositiva
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por el apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 06 de agosto del año 2013, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida. Se condena en costas del recurso a la parte demandada, conforme a lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónconvención colectivaprestaciones socialesindemnizaciónderecho a la defensajurisprudenciamotivación de sentencias