Sentencia N° 935 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de junio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0935, Exp. 07-1163, 16/06/2009
Expediente07-1163
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-06-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 16 de junio de 2009, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Antonio Aldo Stefanelli del Vecchio contra la sentencia del Tribunal Superior Segundo del Trabajo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación y parcialmente con lugar la demanda. La Sala analizó las denuncias de inmotivación del fallo y falta de aplicación de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, concluyendo que no se constató el vicio denunciado y que la decisión recurrida era válida.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el formalizante aduce que la sentencia recurrida incurrió en el vicio de inmotivación del fallo, al no exponer las razones de hecho y de derecho que la condujeron a desestimar la indemnización reclamada conforme al Parágrafo Tercero del artículo 33 de Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Del estudio exhaustivo de la sentencia recurrida, no se logró constatar el vicio delatado. No obstante, es oportuno señalar que aun y cuando puede considerarse que la motivación dada por la recurrida sobre la improcedencia de la indemnización solicitada con fundamento en el artículo 33 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo es exigua y breve, dicha circunstancia no debe considerarse como inmotivación del fallo, pues la Sala pudo controlar la legalidad de la decisión, tanto en el establecimiento de los hechos como en la aplicación del derecho.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia emanada del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de fecha 22 de enero del año 2007, reproducida en fecha 28 de febrero del mismo año. De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no se condena en costas del recurso al recurrente.