Sentencia N° 934 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0934, Exp. 13-1787, 23/07/2014
Expediente13-1787
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-07-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 577, declara sin lugar el reclamo interpuesto por el abogado Darío Augusto Balliache Pérez, quien había impugnado una multa impuesta por el ejercicio abusivo de un recurso de juridicidad. El recurrente argumentó que la medida cautelar de suspensión de ciertos artículos de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa generaba una expectativa plausible sobre la constitucionalidad de dichos artículos, lo que justificaba su actuación.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: En sentencia N° 1149 de 17 de noviembre de 2010, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió demanda de nulidad contra los artículos 23 numeral 18, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101 y 102 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 26 numeral 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y dictó una medida cautelar de suspensión de efectos de los mismos, hasta que se decidiese, de manera definitiva, la pretensión deducida (caso: Hotel Tamanaco C.A.). Lo hizo en los términos siguientes: De lo antes expuesto, y sin que ello implique un adelanto sobre el asunto de fondo, se observa que se atribuye a la Sala Político Administrativa una amplia facultad de revisión de sentencias, facultad aún más amplia que la otorgada de forma exclusiva y excepcional a esta Sala Constitucional por disposición del artículo 336, cardinal 10 de la Constitución y desarrollada en los artículos 25, cardinales 11 y 12 de la vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; pues, mediante el recurso “especial” de juridicidad, se le permite a la mencionada Sala Político Administrativa revisar una sentencia, que ya tuvo un doble grado de conocimiento y anularla bajo el nuevo examen del mérito de la causa, sin más limitación o fundamento que la trasgresión del ordenamiento jurídico.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el reclamo interpuesto por el abogado Darío Augusto Balliache Pérez, titular de la cédula de identidad N° 16.005.479, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 117.565 y, en consecuencia, se confirma la multa impuesta mediante sentencia N° 577 dictada por esta Sala, el 14 de mayo de 2014.