Sentencia N° 934 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de junio de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0934, Exp. 06-372, 02/06/2006
Expediente06-372
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-06-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana Lucila Sierra Rangel contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Táchira. La Sala argumentó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que no se demostraron violaciones categóricas del orden legal que alteraran la legalidad de la decisión impugnada. Se destacó que el recurrente alegó violaciones a normas de orden público, pero la Sala concluyó que el Juez había aplicado correctamente las disposiciones legales pertinentes y que no se incurrió en violaciones que transgredieran el Estado de Derecho. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso, sin condenatoria en costas, y se ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Primera Instancia correspondiente. La decisión fue firmada por el Presidente de la Sala, Omar Alfredo Mora Díaz, y otros magistrados, reafirmando la importancia de preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral en el país.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza es de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho, o de aquellas decisiones que contravengan la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, pues, ésta se contrae fundamentalmente entre otras, a preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral. En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violó normas de orden público contraviniendo lo establecido en los artículos 48, 50, 72 y 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y, en los artículos 208 y 370 del Código de Procedimiento Civil, al apoyarse en hechos contradictorios establecidos al valorar las pruebas, no ordenar despacho saneador, al establecer la carga de la prueba y al no sancionar la falta de probidad de la demandada en el proceso, lo cual luego de un examen exhaustivo, considera esta Sala que el Juez aplicó correctamente los artículos denunciados al establecer la carga de la prueba, valorar por sana crítica todas las pruebas aportadas para establecer los hechos y aplicar los criterios procesales para sustanciar el expediente, razón por la cual, el Juez decidió ajustado a derecho y no incurrió en violaciones de los artículos denunciados que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 15 de febrero de 2006, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Coordinadora Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira para que lo remita al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial correspondiente.

Palabras clave

cobro de indemnizaciónaccidente de trabajocontrol de la legalidadviolaciones de orden públicojurisprudencia laboraladmisibilidad del recurso

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