Sentencia N° 932 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de octubre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0932, Exp. 12-583, 24/10/2013
Expediente12-583
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-10-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Servicios Halliburton de Venezuela, S.A. contra la decisión del Tribunal Segundo Superior del Trabajo de Monagas, que declaró desistido el recurso de nulidad contra una certificación de accidente de trabajo. La Sala determinó que el tribunal de instancia actuó conforme a derecho al declarar el desistimiento, dado que la parte apelante no cumplió con las cargas procesales requeridas para el retiro del cartel de emplazamiento.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil Servicios Halliburton de Venezuela, S.A., contra la sentencia dictada por el a quo, en fecha 29 de marzo de 2012, mediante la cual declaró desistido el recurso de nulidad interpuesto. Ahora bien, esta Sala verifica que la parte apelante alega que: (…) el Tribunal Superior del Trabajo admitió en fecha 31 de Octubre (sic) de 2011 el Recurso de Nulidad (sic), ordenando la notificación de las partes intervinientes, así como el emplazamiento del ciudadano JAVIER FEBRES, como tercero interesado en la causa (…) luego de un lapso de más de ciento treinta (130) días sin actividad de las partes, en virtud de que la notificaciones ordenadas en el auto de admisión se estaban practicando, el Tribunal de manera sorpresiva procedió a librar el cartel de emplazamiento contemplado en el referido artículo en fecha 23 de marzo de 2012, hecho el cual no debió ocurrir, ya que por tratarse de un acto administrativo de efectos particulares no es obligatorio el cartel de emplazamiento, puesto que en la causa no existen terceros interesados, sino únicamente la parte afectada por la decisión emitida (…) la emisión de dicho cartel no es obligatoria, salvo se encuentre debidamente motivada y razonada (…).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Servicios Halliburton de Venezuela, S.A., contra la decisión emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en fecha 29 de marzo de 2012; en consecuencia, y SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida.

Palabras clave

apelaciónnulidadcartel de emplazamientodesistimientojurisdicción contencioso administrativaactos administrativos

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