Sentencia N° 93 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de febrero de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 093, Exp. 16-031, 22/02/2017
Expediente16-031
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-02-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, anulando la sentencia recurrida que había declarado desistido el procedimiento por incomparecencia a la audiencia de mediación. La Sala argumenta que la incomparecencia fue justificada por un problema de salud del demandante, quien presentó un informe médico que acreditaba su incapacidad para asistir a la audiencia. Se establece que el juez de alzada quebrantó principios fundamentales al no considerar la justificación presentada y al aplicar el principio de preclusión sin valorar adecuadamente las circunstancias del caso.
Extracto de la motiva
El punto medular en el caso sub examine, consiste en determinar el carácter justificado o no, de la incomparecencia de la representación judicial de la parte actora, a la audiencia preliminar en fase de mediación, con el objeto de enervar el efecto procesal que produjo como consecuencia el desistimiento de la acción propuesta y con ello, la transgresión del derecho a la defensa. Para una mayor comprensión del asunto, conviene efectuar un breve recuento del iter procesal en la presente causa. En tal sentido, de una revisión exhaustiva de las actas que conforman el expediente, se ha podido constatar que siendo el 31 de mayo de 2013 la oportunidad fijada para que tuviese lugar la audiencia preliminar de mediación, la misma fue celebrada con la comparecencia de ambas partes, las cuales solicitaron su prolongación, quedando ésta pautada para el 19 de junio a las 10:00 a.m. Luego de otra subsiguiente prolongación, se realizó la referida audiencia el 2 de julio de 2013, dejándose constancia de la falta de acuerdo entre las partes y por lo tanto de la continuación del proceso teniéndose por concluida la fase de mediación y dando inicio a la respectiva fase de sustanciación. La audiencia correspondiente quedó prevista para el día 8 de agosto de 2013, en dicha oportunidad comparecieron ambas partes, no obstante, la demandada alegó que no se había cumplido con una de las notificaciones necesarias para la consecución del juicio y solicitó la reposición de la causa, la cual fue acordada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante decisión del 16 de octubre de 2013, a fin de ordenar la notificación de la ciudadana Kathiuska Rocha Ballester y una vez certificada la misma fijar nueva oportunidad para la audiencia preliminar en fase de mediación.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, SEGUNDO: NULA la sentencia recurrida proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 20 de noviembre de 2015. TERCERO: REPONE la causa al estado de que se fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar en fase de mediación.
Palabras clave
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