Sentencia N° 928 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de diciembre de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0928, Exp. 18-297, 07/12/2018
Expediente18-297
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-12-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por Rony José Valbuena Silva contra la decisión del Juzgado Sexto Superior del Trabajo, que había confirmado la negativa a su demanda de cobro de prestaciones sociales. La Sala argumenta que la sentencia de alzada cumple con los requisitos de autosuficiencia y determinación del objeto de la decisión, lo que permite la ejecución del fallo y la identificación de la cosa juzgada. Además, se resalta que la parte actora no logró demostrar la existencia de una relación laboral con la empresa demandada, lo que fundamenta la improcedencia del recurso.
Extracto de la motiva
La Sala observa: Si bien el recurrente, en el escrito de formalización del recurso, fundamenta la denuncia por falta de determinación del objeto sobre el cual recae la decisión sustentándolo en dos numerales del artículo 160 de la ley adjetiva laboral, entiéndase 1 y 3, lo cual puede interpretarse como una falta de técnica en la formalización, esta Sala alcanza a precisar que el vicio delatado se funda en virtud del contenido del numeral 1 eiusdem, por lo cual se hace caso omiso al numeral 3 de la respectiva norma. Entiende la Sala, tras el análisis de la anterior delación, que el denunciante refiere en su exposición al vicio de indeterminación objetiva y, al respecto, se ha sostenido en reiterada doctrina de esta Sala de Casación Social que, la aludida modalidad de indeterminación, requiere para su configuración como vicio, que el sentenciador sea tan impreciso en su fallo que resulte imposible la ejecución de dicho mandato (Cfr. Sentencia N° 125 del 24 de mayo de 2000, caso: Ender Darío Parra Fernández contra Tiendas Montana C.A.), ya que el requisito establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de que la sentencia contenga “la determinación del objeto o la cosa sobre la cual recaiga la decisión”, tiene como finalidad permitir la ejecución y determinar el alcance de la cosa juzgada que emana del fallo.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de febrero de 2018, emanada del Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 23 de febrero de 2018, emanada del Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoare el ciudadano RONY VALBUENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-19.293.676 contra la empresa ASESORES J.B.L., C.A., inscrita el 17 de marzo de 2006 por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda bajo el número 16, Tomo 42-A-SDO, de los libros llevados por esa oficina pública. CUARTO: No hay condenatoria en costas.