Sentencia N° 925 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0925, Exp. 14-384, 23/07/2014
Expediente14-384
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-07-23
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, AJALBERT ESSIEL RIVERO ZAMBRANO, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Lara. La decisión de la Sala se basa en que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho y no se alinean las pretensiones del recurrente a los fines de este medio excepcional de impugnación.
El Tribunal argumenta que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que debe cumplir con ciertos requisitos, y en este caso, no se evidencian quebrantamientos que justifiquen su admisibilidad. Se destaca que el Juez Superior no fundamentó debidamente su sentencia respecto a la incidencia de las horas extras y días feriados, pero esto no es suficiente para admitir el recurso.
Finalmente, se declara inadmisible el recurso interpuesto, sin condenatoria en costas, y se ordena la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. En esta ilación de ideas debemos entender que el recurso de control de la legalidad, es un medio de impugnación excepcional en el que se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral, mencionada en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de 11 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de la legalidadrecursossentenciastrabajojurisdiccióninadmision