Sentencia N° 923 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de octubre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0923, Exp. 11-839, 24/10/2013
Expediente11-839
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria y ampliación de la sentencia N° 381, dictada el 7 de junio de 2013, en un juicio de calificación de despido. La parte actora solicitó que se incluyera la condena en costas, la cual había sido omitida en la sentencia original. La Sala determinó que la solicitud era procedente, ya que se presentó dentro del lapso establecido y se trataba de una omisión involuntaria.

Extracto de la motiva

Conforme a la interpretación hecha por la Sala Constitucional en decisión N° 1.248 del 14 de agosto de 2012, de esta norma procesal se extrae, en primer lugar, la imposibilidad de que el tribunal revoque o reforme su propia decisión –sea definitiva o interlocutoria sujeta a apelación–, lo cual responde a los principios de seguridad jurídica y de estabilidad e inmutabilidad de las decisiones, y que no obstante ello, el legislador valoró que ciertas correcciones en relación con el fallo que se pronuncie sí le son permitidas al tribunal, por cuanto no vulneran los principios que antes se mencionaron, sino por el contrario, permiten una eficaz ejecución de lo que fue decidido, refiriendo que tales correcciones a la sentencia, conforme al único aparte del precitado artículo, se circunscriben a: i) la aclaración de puntos dudosos; ii) a salvar omisiones; iii) a la rectificación de errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, y; iv) a dictar ampliaciones.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con Lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 23 de mayo de 2011; SEGUNDO: Se anula el fallo recurrido; y TERCERO: Se declara Con Lugar la demanda. Se condena al pago de las costas del juicio a la parte demandada, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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