Sentencia N° 923 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0923, Exp. 11-028, 03/08/2011
Expediente11-028
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-08-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió el recurso de hecho propuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Circuito Judicial Laboral de Zulia, que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la demandada. La Sala determinó que el recurso de casación era inadmisible, ya que la sentencia impugnada no ponía fin al proceso, conforme a lo establecido en el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por lo tanto, se declaró sin lugar el recurso de hecho y se condenó en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
El Recurso de Casación es un medio extraordinario para impugnar la sentencia dictada por los Tribunales Superiores que contraiga vicios de forma o de fondo (error in iucidendo (sic) y error in iudicando), no sólo para unificar la jurisprudencia patria, sino para preservar el derecho a la defensa y el debido proceso, violentado por aquellas sentencias colmadas de dichos vicios, a lo cual, el Legislador ha propuesto requisitos de forma y de fondo para que sea admisible dicho Recurso de Casación anunciado. En este sentido el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece en el numeral “1. Contra las Sentencias de Segunda Instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de Tres Mil Unidades Tributarias (3.000 UT)…”, donde efectivamente el legislador laboral consagró la posibilidad de evitar que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Social se congestione de causas que imposibilitan la rápida tramitación que impone el principio de celeridad procesal y de respuesta oportuna, al derecho de petición que constitucionalmente está consagrado en nuestra carta magna y a veces hasta con cuantías irrisorias que desnaturalizaban el fin del proceso y el derecho a una sana administración de Justicia.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, accidental, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 19 de noviembre del año 2010, dictado por el Juzgado Superior del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, denegatorio del recurso de casación anunciado contra la sentencia dictada en fecha 05 de noviembre del año 2011 por el referido Tribunal Superior. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente.
Palabras clave
recurso de casaciónsentenciasdecisión interlocutoriaproceso laboralLey Orgánica Procesal del Trabajo