Sentencia N° 922 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de diciembre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0922, Exp. 12-794, 06/12/2018
Expediente12-794
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-12-06
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la incomparecencia de la parte demandante a la audiencia pública fijada, declara desistido el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos Endry Idrogo y otros contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Monagas. La decisión de la alzada había confirmado el fallo que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso. La Sala, al aplicar el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, resuelve que la falta de comparecencia implica el desistimiento del recurso.

Extracto de la motiva

En ese contexto, preceptúa el artículo 173 eiusdem, en su último aparte, lo siguiente: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, y visto que en el caso de autos la parte demandante recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declara desistido el recurso de casación anunciado y formalizado por los ciudadanos Endry Idrogo, Kairo Eduardo Ochoa, Antonio José Betancourt, Saúl Nallit Ochoa, Jesús Alexander Rodríguez, Ángel Luis Aguilar, Ender José Rojas, Roberto Antonio Suárez, Luis Manuel Suárez, Carlos Javier Rojas, José Gregorio Gutiérrez, Néstor Yovani Rodríguez, Félix Miguel Gotto, José Ramón Guillén, Jhonny José Ortega y Franklin José Medina, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, ciudadanos Endry Idrogo, Kairo Eduardo Ochoa, Antonio José Betancourt, Saúl Nallit Ochoa, Jesús Alexander Rodríguez, Ángel Luis Aguilar, Ender José Rojas, Roberto Antonio Suárez, Luis Manuel Suárez, Carlos Javier Rojas, José Gregorio Gutiérrez, Néstor Yovani Rodríguez, Félix Miguel Gotto, José Ramón Guillén, Jhonny José Ortega y Franklin José Medina, contra la decisión emitida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 4 de mayo de 2012, y; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. No se condena en costas a la parte demandante recurrente, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

desistimientorecurso de casaciónaudiencia públicamateria laboral

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