Sentencia N° 921 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de octubre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0921, Exp. 17-372, 25/10/2017
Expediente17-372
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2017-10-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Rosaura Pernalete Jaramillo contra una decisión del Tribunal Superior que decretó la reposición de la causa. La Sala argumenta que el recurso se interpuso contra una sentencia interlocutoria, lo cual no es admisible según la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se establece que el agravio causado por sentencias interlocutorias puede ser reparado en la sentencia definitiva, y que el control de legalidad no es un sustituto del recurso de casación.
Extracto de la motiva
El artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que aún cuando no fueran recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de sus requisitos de admisibilidad. En el caso sub examine, la parte recurrente fundamenta que la decisión dictada por el Tribunal Superior en fecha 13 de febrero de 2017 viola los artículos 26, 49, 51 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que consagran el derecho a una tutela judicial efectiva, la garantía del debido proceso y el derecho de defensa y que igualmente infringe los artículos 450 literal “m” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Indica que el caso se centra en una solicitud de nulidad de la sentencia dictada por el Tribunal Superior que acordó la reposición al estado de emitir nuevo auto de entrada de recurso de apelación, con motivo a la apelación ejercida en el cuaderno de medidas. Establecido lo anterior, observa esta Sala que en el presente caso el recurso se interpuso contra una decisión interlocutoria que decidió la reposición de la causa al estado de dictar nuevo auto de entrada en la tramitación del recurso de apelación; por lo que resulta necesario determinar la admisibilidad del presente recurso contra este tipo de sentencias.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la ciudadana ROSAURA PERNALETE JARAMILLO, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo en fecha 13 de febrero de 2017. Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 489-I de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Palabras clave
control de legalidadsentencias interlocutoriasadmisibilidadrecurso extraordinariojurisprudenciaLey Orgánica Procesal del Trabajo