Sentencia N° 921 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de julio de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0921, Exp. 05-880, 28/07/2005
Expediente05-880
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2005-07-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por las empresas demandadas contra la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La decisión de primera instancia había confirmado la demanda de prestaciones sociales presentada por el ciudadano Alfonso Díaz Arsenio, desestimando las cuestiones previas planteadas por las empresas demandadas. Las recurrentes alegaron infracciones a varios artículos de la Constitución y leyes laborales, argumentando que se aplicó retroactivamente la jurisprudencia de la Sala y que se erróneamente se determinó la carga de la prueba en el proceso laboral. Sin embargo, la Sala no encontró infracciones a disposiciones de orden público ni a su jurisprudencia reiterada, concluyendo que la pretensión de las recurrentes no se ajustaba a los fines del recurso. Finalmente, se ordenó la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin condenatoria en costas.

Extracto de la motiva

La delación se fundamenta en que el Juez de la recurrida aplicó retroactivamente la jurisprudencia de esta Sala, respecto a la interpretación del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, lo que a su vez, implica el desconocimiento de la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional de este Supremo Tribunal acerca de la imposibilidad de aplicar los criterios jurisprudenciales en forma retroactiva. En consecuencia, afirman las recurrentes, se violentó el mencionado artículo 68 de la ley adjetiva laboral derogada al determinar erróneamente la carga de la prueba en el proceso laboral, ya que estableció en su decisión que los conceptos de horas extraordinarias, bono nocturno y viáticos, debían ser pagados aunque el demandante no suministrara la prueba de los mismos, en virtud de que éstos habrían quedado admitidos por la forma en que se dio contestación a la demanda. Asimismo, sostienen que se aplicó de manera errónea el régimen jurídico propio de una relación de trabajo ordinaria, en un caso donde el trabajador accionante está sometido a uno de los regímenes especiales que establece la Ley Orgánica del Trabajo –específicamente el del Trabajo en el Transporte Terrestre-. Ahora bien, después de analizar exhaustivamente los alegatos de la parte recurrente, así como las actas que conforman el expediente, no constata esta Sala la existencia de infracciones a disposiciones de orden público ni a su jurisprudencia reiterada. En consecuencia, resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional de la Sala para ejercer el control de la legalidad de la sentencia recurrida, pues la pretensión de las recurrentes no se ajusta a los fines del recurso.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por las empresas demandadas contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 27 de abril de 2005. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionescontrol de legalidadjurisprudenciacarga de la pruebarelación de trabajoLey Orgánica del Trabajoinadmisiondecisión judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca