Sentencia N° 920 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0920, Exp. 08-2062, 03/08/2011
Expediente08-2062
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-08-03
DecisiónPerimido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perimido el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior Octavo Agrario. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal tras la suspensión del proceso por la muerte del demandado, Gustavo Navarro Villamizar, y la falta de gestión por parte de los interesados para continuar con la causa dentro del término legal establecido. Se condena en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La regla general en materia de perención, expresa que el sólo transcurso del tiempo, sin que las partes hubiesen realizado actuaciones que demuestren su propósito de mantener el necesario impulso procesal, origina la perención y se verifica de derecho y puede declararse de oficio, como lo prevé el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil. En el presente caso, esta Sala de Casación Social en fecha 20 de enero del año 2009, conforme a lo ordenado en la sentencia que declaró con lugar el recurso de hecho propuesto, acordó librar boleta de notificación a la ciudadana Nola Gutiérrez de Bracho, parte demandante recurrente, dejándose constancia que a partir de que conste en autos su notificación, comenzaba a transcurrir el lapso para la formalización del recurso de casación y el 26 de febrero del mismo año, se consignó boleta de notificación debidamente firmada por la representación judicial de la parte actora. No obstante, como se desprende de la narrativa del presente fallo, en fecha 09 de marzo del año 2009, el abogado Luis Paz Caicedo, en representación de la parte actora, consignó escrito informando del fallecimiento del demandado GUSTAVO NAVARRO, consignando copia certificada de la partida de defunción el 16 de marzo del año 2009.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 30 de junio del año 2008, emanada del Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Zulia y Falcón, con sede en Maracaibo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del recurso a la parte recurrente.