Sentencia N° 920 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de junio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0920, Exp. 08-2059, 10/06/2009
Expediente08-2059
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-06-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la Fundación para la Salud del Estado Sucre, contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo que había declarado desistido el recurso de apelación. La Sala argumenta que la representación judicial de la parte demandada, a través de la abogada Eluz Rodríguez, estaba debidamente facultada para actuar, ya que presentó copia del poder que la acreditaba como tal, el cual no fue impugnado por la parte actora. La Sala concluye que se vulneró el derecho a la defensa y el debido proceso al declarar el desistimiento sin pronunciarse sobre el fondo de la controversia.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la representación judicial de la parte recurrente sostiene que la sentencia impugnada viola varios artículos de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Constitución, al declarar desistido el recurso de apelación interpuesto por la demandada. Se argumenta que la abogada Eluz Rodríguez, quien se presentó en la audiencia de apelación, presentó copia simple del poder que la acreditaba como representante judicial, y que el Tribunal de alzada debió permitir la presentación del original en un lapso adicional, en lugar de declarar el desistimiento. La Sala concluye que el juez de alzada se extralimitó en sus funciones al no considerar que la abogada estaba facultada para representar a la demandada y que la copia del poder no fue impugnada, lo que vulneró el derecho a la defensa de la parte demandada.
Dispositiva
1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, Fundación para la Salud del Estado Sucre (FUNDASALUD), contra la sentencia preferida por el Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de fecha 10 de noviembre de 2008; 2) ANULA el fallo recurrido; 3) REPONE la causa al estado en que se fije nuevamente la oportunidad para la celebración de la audiencia oral de apelación ante el Tribunal Superior que resulte competente para que se pronuncie sobre el fondo de la causa.
Palabras clave
control de la legalidadderecho a la defensapoder judicial