Sentencia N° 919 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de septiembre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0919, Exp. 11-1594, 30/09/2016
Expediente11-1594
PonenteMónica Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-09-30
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Maximiliano Antonio Pérez Fernández contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Bolívar. La Sala constató que la parte recurrente no compareció a la audiencia fijada, lo que llevó a aplicar la sanción establecida en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando desistido el recurso de casación.
Extracto de la motiva
Establece el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte, que: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos la parte recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de casación incoado, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación anunciado por el ciudadano Maximiliano Antonio Pérez Fernández, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 17 de noviembre de 2011, y 2) FIRME el fallo recurrido.
Palabras clave
recurso de casaciónaudienciadesistimientoindemnizaciónaccidente de trabajo