Sentencia N° 918 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de julio de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0918, Exp. 14-096, 23/07/2014
Expediente14-096
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-07-23
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad Construcciones Juncal, C.A. contra un acto administrativo de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Carabobo. El Juzgado Segundo Superior del Trabajo declaró sin lugar el recurso de nulidad, lo que llevó a la parte demandante a interponer un recurso de apelación. Sin embargo, la apelante no presentó el escrito de fundamentación dentro del lapso establecido por la ley, lo que motivó a la Sala a declarar desistido el recurso de apelación.

Extracto de la motiva

Como se observa del dispositivo legal transcrito, el legislador impuso a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que sustenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso, cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se fundamentara la apelación en la presente causa, incluyendo el término de la distancia, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha 7 de febrero de 2014, día siguiente al auto que dio cuenta en Sala del ingreso del expediente, y venció el 21 del mismo mes y año, ambas fechas inclusive.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 30 de octubre de 2013. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadapelaciónsentenciajusticia

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