Sentencia N° 918 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0918, Exp. 10-131, 03/08/2011
Expediente10-131
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-08-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
En el juicio por cobro de acreencias laborales, el ciudadano Luis Alberto Rojas Rojas interpuso un recurso de casación contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo que confirmó la sentencia de primera instancia. La Sala de Casación Social observó irregularidades en el proceso, específicamente en la celebración de audiencias preliminares, lo que generó indefensión a la parte demandada. La Sala decidió declarar con lugar el recurso de casación, anulando el fallo recurrido y ordenando la reposición de la causa al estado en que se fije nueva fecha para la audiencia preliminar.
Extracto de la motiva
Tal como es denunciado, esta Sala de Casación Social observa irregularidades materializadas en el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, cuando al emitir los autos para la celebración de la audiencia preliminar, incurre en errores de forma que llevan al desconcierto de las partes, tanto del actor como de la demandada, a tal punto que en dos oportunidades fueron declaradas consecuencias procesales producto de la inasistencia, tanto del actor, en fecha 26 de marzo de 2009, como del demandado, el 14 de agosto de ese mismo año. En este orden, al folio 72 del expediente, consta auto de fecha 17 de julio de 2009 ordenando la audiencia preliminar a celebrarse el 10 de octubre de 2005 (sic), tal error material o formal fue corregido por el juzgado de la causa a instancia de parte; no obstante, fijada nuevamente la audiencia para el 14 de agosto de 2009, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en esa misma fecha fue proferido un auto en el cual se establece: Debido a razones impostergables de la juez que regenta este Tribunal; se difiere la celebración de la audiencia preliminar en la presente causa y se fija para el mismo día a las diez y treinta de la mañana (10:30 am.), sin necesidad de notificación a las partes dedo que están a derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y el mismo día 14 de agosto de 2009, fue abierto el acto de audiencia preliminar, al cual no asistió la parte demandada, declarándose la admisión de los hechos alegados por el actor.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 17 de diciembre de 2009; 2°) ANULA el fallo recurrido; 3°) REPONE la causa al estado de que el Juzgado que resulte competente fije nueva fecha para la celebración de la audiencia preliminar.
Palabras clave
cobro de acreencias laboralesrecurso de casaciónirregularidades procesales