Sentencia N° 917 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0917, Exp. 10-941, 03/08/2010
Expediente10-941
PonenteOmar Alfredo Mora Díaz
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-08-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 3 de agosto de 2010, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por LUZ MARY PACHECO BARRERA contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Táchira. La parte demandante alegó que la sentencia recurrida no aplicó correctamente el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece la presunción de admisión de los hechos alegados por la incomparecencia del demandado a la audiencia preliminar.
La Sala, tras analizar el caso, concluyó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no incurrió en las violaciones alegadas. Por lo tanto, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad, argumentando que el alcance de la solicitud no se ajustaba a los fines del recurso.
Finalmente, la decisión fue publicada y registrada, y se ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen, sin condena en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, delata la representación judicial de la parte demandante, que la recurrida dejó de aplicar el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece la presunción de admisión de los hechos alegados, por la no comparecencia del demandado a la audiencia preliminar. Al respecto, señaló que si el Sentenciador concluyó que existe una sola empresa y una solidaridad de éstas respecto a los derechos de la trabajadora, debió aplicar la confesión ficta, en virtud a que el demandado, en forma personal, no asistió a la audiencia preliminar. Agrega que ha sido criterio de esta Sala de Casación Social, que si la incomparecencia surge en el llamado primitivo para la audiencia preliminar, la admisión de los hechos reviste carácter absoluto, por tanto, no desvirtuable por prueba en contrario.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 9 de junio de 2010, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de legalidadrecursostrabajojurisdiccióndecisiones judiciales