Sentencia N° 915 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de septiembre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0915, Exp. 16-580, 29/09/2016
Expediente16-580
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-09-29
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por LUIS HERRERA contra una sentencia del Juzgado Superior Octavo. La Sala determinó que el recurso fue presentado fuera del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que el escrito con los fundamentos del recurso fue consignado un día después de la fecha límite.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad de dicho recurso. Además, la admisión del recurso in commento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto mediante escrito cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida norma establece para su interposición, el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. En el caso sub examine, estima la Sala que debe examinar preliminarmente, la tempestividad del ejercicio del recurso de control de la legalidad, y en ese sentido se advierte que la representación judicial de la parte actora, mediante diligencia de fecha 17 de mayo de 2016, que riela al folio 246 de la única pieza del expediente manifestó: “…ejerzo formal recurso de control de legalidad en contra del texto íntegro de la sentencia dictada por el Tribunal Superior Octavo de esta Circunscripción Judicial. Es todo.” Posteriormente, en fecha 31 de mayo de 2016, consignó ante la Unidad de Recepción y Distribución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, escrito dirigido a la Sala de Casación Social donde interpone recurso de control de la legalidad contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Octavo de la referida Circunscripción Judicial.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial del ciudadano LUIS HERRERA contra la sentencia del 10 de mayo de 2016, dictada por el Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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