Sentencia N° 915 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de junio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0915, Exp. 09-499, 09/06/2009
Expediente09-499
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2009-06-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de junio de 2009, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana Marycel Cristina González Velásquez contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La apelación había sido confirmada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia, que había declarado desistida la acción. La Sala fundamentó su decisión en la cuantía del juicio laboral, que excedía el mínimo requerido para la admisibilidad del recurso de casación, conforme a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
En el caso estudiado, la demanda fue estimada en la cantidad de ciento cuarenta y cinco millones quinientos sesenta y dos mil seiscientos setenta y seis bolívares con veintiocho céntimos (Bs. 145.562.676,28) que actualmente equivalen a ciento cuarenta y cinco mil quinientos sesenta y dos bolívares fuertes con sesenta y ocho céntimos (Bs.F. 145.562,68) y se refiere a una sentencia que pone fin a un juicio laboral cuya cuantía excede la cantidad de ciento treinta y ocho millones de bolívares (Bs. 138.000.000,00) actualmente ciento treinta y ocho mil bolívares fuertes (Bs.F. 138.000,00) cuantía mínima requerida para la admisibilidad del recurso de casación en los juicios laborales según la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, vigente en abril de 2008, fecha de presentación del libelo, en conformidad con el criterio de la Sala Constitucional acogido por esta Sala en la sentencia N° 580 de fecha 4 de abril de 2006, que estableció que la cuantía para la interposición de los recursos se fija al momento de interposición de la demanda, razón por la cual, la sentencia es recurrible en casación, y en consecuencia, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 20 de marzo de 2009, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.