Sentencia N° 915 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de junio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0915, Exp. 07-1931, 25/06/2008
Expediente07-1931
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-06-25
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, desestima el recurso de casación interpuesto por la demandante, YSABEL CRISTINA MAITA ORTEGA, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Lara, que había declarado parcialmente con lugar la apelación y la demanda. La Sala argumenta que las denuncias presentadas no se ajustan a los vicios alegados, como el quebrantamiento del derecho a la defensa y la falta de aplicación de normas laborales, ya que no se demostró la relevancia de las pruebas silenciadas ni se evidenció contradicción en la motivación del fallo recurrido.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la denuncia está mal planteada, porque se delata el quebrantamiento de una forma sustancial del proceso en menoscabo del derecho a la defensa, pero en la fundamentación se refiere la supuesta omisión de pronunciamiento por parte del juzgador, respecto al mobbing. Por lo tanto, debió denunciarse el vicio de incongruencia negativa. Si bien lo anterior es suficiente para desestimar la delación, se constata en el expediente que el mobbing del cual supuestamente era víctima la trabajadora no formaba parte del thema decidendum, al no haber sido aducido en el libelo de demanda, que era prima facie la oportunidad correspondiente para la alegación de los hechos por parte de la demandante.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 19 de junio de 2007, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Se exonera de las costas a la recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
indemnizaciónaccidente de trabajomobbing laboralincapacidadderecho a la defensaLey Orgánica Procesal del Trabajosentencia de casación