Sentencia N° 914 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de diciembre de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0914, Exp. 18-457, 06/12/2018
Expediente18-457
PonenteEdgar Gavidia Rodríguez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-12-06
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, C.A. Cervecería Regional, contra una decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Estado Lara. La sentencia de alzada había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte demandante y revocado parcialmente la sentencia anterior del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando el escrito de formalización no se presente en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la ley adjetiva laboral, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del recurso de casación anunciado por la parte demandada se constata que el mismo comenzó a transcurrir el diez (10) de julio de 2018, día siguiente al auto de admisión del recurso y venció el dos (2) de agosto de 2018, incluyendo el termino de la distancia correspondiente de cuatro (4) días.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada C.A. CERVECERÍA REGIONAL., contra la decisión el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante sentencia publicada el 28 de junio de 2018. Se condena en costas del recurso a la demandada recurrente de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.