Sentencia N° 914 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0914, Exp. 11-129, 08/08/2012
Expediente11-129
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-08-08
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara perecido el recurso de casación interpuesto por Carlos Javier Sotillo Rodríguez contra la sentencia del Tribunal Primero Superior del Trabajo de Monagas. La decisión se basa en que el recurrente no cumplió con las formalidades necesarias para la admisión del recurso, ya que no se evidencian causales de procedencia del mismo según la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Además, se condena en costas a la parte demandante.

Extracto de la motiva

Evidentemente el trabajador ha utilizado todos los medios y recursos procesales para obtener el pago de sus prestaciones sociales y muestra de eso es que en la oportunidad procesal intenta el procedimiento de calificación de despido; pero en vista del retardo en el pago de sus prestaciones sociales y por encontrarse, en aquel momento, desempleado, se vio en la imperiosa necesidad de hacer el retiro de la oferta real hecha por el patrono, hecho este que no afecta en nada su derecho de reclamar el pago de los salarios caídos e inclusive los derechos laborales hasta la persistencia del despido como fue señalado en la sentencia del a (sic) Sala Social. Tan es así que se intentó el presente procedimiento de diferencia de prestaciones sociales que nos ocupa y en aplicación de la Sentencia de la Sala Social ya hartamente comentada, se demandó la diferencia de prestaciones sociales hasta la fecha en que la empresa consignó la oferta real, es decir, hasta la persistencia del despido.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por el ciudadano CARLOS JAVIER SOTILLO RODRÍGUEZ contra la sentencia de fecha 30 de noviembre del año 2010, dictada por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín. En virtud de la declaratoria precedente se deja sin efecto el auto emanado del Juzgado de Sustanciación de esta Sala, de fecha 26 de julio del año 2012, mediante el cual se acordó fijar audiencia correspondiente al presente recurso para el 16 de octubre del mismo año.

Palabras clave

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