Sentencia N° 905 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de junio de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0905, Exp. 09-234, 04/06/2009
Expediente09-234
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-06-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente. La sentencia de primera instancia había declarado con lugar la demanda de divorcio y sin lugar la reconvención, confirmando así la decisión del juez de primera instancia. La Sala argumenta que no se incurrió en reformatio in peius y que las denuncias de incongruencia positiva y ultrapetita no fueron debidamente fundamentadas por el recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala observa: El artículo 281 del Código de Procedimiento Civil establece que se condenará a las costas del recurso a quien haya apelado de una sentencia que sea confirmada en todas sus partes. Por su parte, el artículo 274 eiusdem dispone que a la parte que fuere totalmente vencida en un proceso o en una incidencia, se le condenará en las costas. En el caso concreto, la sentencia de primera instancia declaró con lugar la demanda, no condenó en costas y no se pronunció respecto a la reconvención. El Juzgado Superior, conociendo de la apelación de la parte demandada, declaró sin lugar la apelación y confirmó la sentencia de primera instancia, condenado en las costas del recurso al apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil antes trascrito. Adicionalmente, de conformidad con el artículo 209 eiusdem, el Juzgado Superior resolvió la reconvención, declarándola sin lugar y condenando en costas al reconviniente, con base en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil e implícitamente anuló el fallo del a quo, razón por la cual la Alzada no estaba sujeta a los límites de la apelación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto contra la sentencia definitiva de 15 de enero de 2009, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. Se condena en costas al recurrente, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.