Sentencia N° 903 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de octubre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0903, Exp. 15-1061, 20/10/2017
Expediente15-1061
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-10-20
DecisiónDesistido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, MARÍA MILAGROS RAMÍREZ DE HERRERA, contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Carabobo. La Sala declaró desistido el recurso debido a la incomparecencia de la parte demandante a la audiencia fijada, conforme a lo establecido en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La decisión reafirma la firmeza de la sentencia impugnada.

Extracto de la motiva

Ahora bien, el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte prevé: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma supra transcrita, y visto que en el caso de autos la parte demandante recurrente, no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declara desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, y, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte accionante, contra la decisión publicada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, de fecha 27 de marzo de 2015; 2) FIRME el fallo recurrido.

Palabras clave

casaciónlaboraldesistimiento

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